Se publicó el reglamento de la Ley 30479, que busca promover el Mecenazgo Deportivo de personas naturales o jurídicas de derecho privado para la promoción y difusión de deportistas, deportistas con discapacidad y entrenadores. Las actividades a financiar, además de sueldos y subvenciones, incluye programas de gestión deportiva, infraestructura deportiva y la investigación en medicina deportiva. Los beneficios tributarios incluyen la deducción de hasta el 10% de la renta neta de 3era y trabajo, así como la exoneración del IGV a la importación de bienes que apliquen.
Esta ley exigirá a los atletas gestionar sus carreras de manera mas profesional – con un soporte técnico, medico, logístico, financiero y de comunicaciones detrás – e impulsara otras áreas de la industria deportiva. El rol del IPD será clave, a nivel fiscalizador (procedimientos y aprobaciones) y promotor de la ley, a través de la estrategia y buenas practicas que logre transmitir con su Programa de Apoyo al Deportista (607 atletas) y su equipo elite TOP Perú Lima 2019 (155 atletas), que ya reciben anualmente S/.9M de financiamiento estatal.
¿Despegara la Inversión Privada durante los 10 años de vigencia de la Ley? A inicios de década, ya tuvimos un mal precedente con el ADO (Asociación de Deportistas Olímpicos), modelo de inversión pública-privada que importamos de Chile y España, y que no funciono porque las empresas y sus marcas no vieron un retorno sobre su inversión (ROI) ni sobre sus objetivos (ROO). Además de los incentivos tributarios (aun bajos vs la región, Colombia deduce hasta el 100%), las marcas buscan otros beneficios: audiencias, exposición en medios, posicionamiento, éxitos deportivos, reputación e imagen, generación de contenidos, etc.
Más que una donación a corto plazo, sugerimos un esquema de Patrocinio Deportivo en el que las marcas puedan explotar los derechos de sus patrocinados (atletas) y puedan trabajar como socios a largo plazo.